SIETE RÍOS PASIEGOS


Ni uno ni cuatro ni cinco: "Siete Ríos Pasiegos" en el Norte de las Merindades.
Periódicamente, en la prensa de la Provincia de Burgos o en publicaciones igualmente denostadas que nos llegan desde la capital de la libertad…
¡Oh Sorpresa! Se dedican a vender la casual existencia de Cuatro Valles Pasiegos en el Norte de Burgos. Como si fuera una realidad excepcional apartada de sus vecinos en los Valles de los Montes de Pas.
Vamos con el alegato del ministerio fiscal: no son cuatro, ni cinco, los Ríos Pasiegos en Espinosa. Veremos cómo existen otros dos Ríos Pasiegos al Sur de los Montes del Somo y de Pas. También demostraremos a sus señorías que, como todo lo pasiego, existe un único culpable de que esto sea así: Espinosa de los Monteros.
Si existe un Río Pasiego por excelencia, es sin duda el Río Trueba. Y no sólo por que es el más antiguamente y mejor documentado de nuestra realidad pasiega, también porque como dice el refrán:
"Lunada nada, la Sía fantasía, Trueba ganadería"
Aunque parezca un invento moderno, la denominación de CUATRO RÍOS PASIEGOS (desde Rioseco a Trueba, desde la Sía a Lunada), es previa a la construcción del actual Santuario de la Virgen de las Nieves. Como decíamos ayer, es uno de los dos distritos que componían el antiguo Concejo de Bárcenas.
Y como bien comentaba nuestro testigo @José Gómez Zotano: ¿Por qué dicen cuatro ríos o valles pasiegos de Espinosa si son cinco con el Cerneja?
Efectivamente, el Cerneja es el quinto río pasiego que podemos encontrar en el territorio actual de la Villa de Espinosa. Cualquiera que visite los cabañales de Cacerneja, el Erbero, la Pedrosa, Cubíos o Cobachos… podrá deleitarse con la antigüedad y las sillerías de estos cabañales pasiegos.
Pero además existen otros dos ríos pasiegos al norte de las Merindades: el NELA y la ENGAÑA. Y podemos afirmar que, si bien no se encuentran en territorio de Espinosa, alguna vez llegó a considerarse así.
Todos estos valles aparecen mencionados en el año 1011, entre los términos del privilegio de pastos que los Condes de Castilla concedían a sus pastores en Espinosa para ejercer libremente cualquier tipo de aprovechamiento ganadero:
"…Et a la Mata de Nela (cabecera del Nela) et ad summo Lavato (cabecera de la Engaña), et venit per inde, ad Busto de Mantare (Gusmantara), et in Trioba (Trueba), et in Cernegga (Cerneja)…"
Casi 300 años después, en 1396, Enrique III concedía a los Monteros de Espinosa el Privilegio de Herbazgo, heredero del anterior y en el que se repetían los términos:
"…e Pas e rio Nela e Busenantes, e el río de la Engaña e el Llavato…"
Privilegio en el que se advertía, entre otros, a los Valles de Valdeporres y Sotoscueva, que los Monteros tenían derecho:
"…de uso e de costumbre e posesion dellas en tanto tiempo que memoria de omes non es en contrario, de pazer las yervas, e vever las aguas, e comer las granas, e dormir con sus ganados bacunos, e otros cualesquier e cortar e rozar aquello que menester le fuere en los términos susodichos."
Podemos decir que la importante cabaña ganadera de los Monteros y sus pastores, precursores de los primeros pasiegos, siguieron usando estos montes sin problemas hasta el inicio de la Edad Moderna, cuando la jurisdicciones de Valdeporres y Sotoscueva comenzaron a poner trabas y a realizar prendadas…
Todo comienza en 1501, el Valle de Valdeporres realiza prendadas a vecinos de Espinosa por pastar en el Río Langaña. Entre los bienes prendados se enumeran:
"…y al dicho Juan García en dos mantecas y cuatro partes de queso que podría valer todo hasta dos reales y a los dichos Juan e Rodrigo del Arbol en tres partes de quesos e tres mantecas e un real…"
Ante estos hechos, el Alcalde de las Merindades, Condestable y Duque de Frías dicta una Providencia para que se guarde el Privilegio de Herbazgo, ordenando a los vecinos de Val de Porres a devolver los bienes prendados, imponiéndoles una pena de "quatro mil maravedís"
En otro pleito de 1540 entre Valdeporres y Espinosa por el río Nela y la Engaña, el Bachiller Alegría fija los terrenos de las cabeceras de ambos valles a los que se debía aplicar el Privilegio:
"Fallo que les devo de dar y les doy todo el termino de rio lagaña ansi la posesion como la propiedad dello a la dicha villa de Espinosa el qual termino empieça desde de Pas de donde diçen Tormantos (Collado junto a la Marruya) e por la otra parte desde la Colladilla del Pardo (Colladía del Pardo) como corren aquellos arroyos que despues se juntan entrambos se llaman río Langaña desde alli abajo fasta la puente de la Engaña (Puente de Covarones)"…
…"Item que debo dar e doy a la dicha Villa de Espinosa el termino de río Nela e dura desde alli fasta el vado de las Varillas (las Varías) ansi que todo aquello que
esta por un lado de rio Nela e por el otro aguas vertientes començando de done
se ajuntan los dichos dos arroyos desde el dicho Guçiapero (Gusapero) y el otro La Yunquera (la Unquera) fasta el vado de las Varillas todo sea de la dicha villa de Espinosa"
Y aquí quiero hacer un inciso señorías, porque cualquiera que visite las cabeceras del Nela o la Engaña, podrá observar que tanto el puente de la Varías, como el de Covarones son los límites actuales de las cabañas pasiegas que podemos encontrar actualmente en los valles del Nela y la Engaña respectivamente.
Los pleitos entre Espinosa y Valdeporres por los pastos de estos valles se repiten periódicamente hasta el año 1856. En todos ellos, tanto la primera como la última sentencia emitidas, dan la razón a Espinosa, concediendo a sus pastores el derecho de pastar en estos montes. Siempre basándose tanto en el Privilegio de Herbazgo, como en la Carta Ejecutoria de la sentencia del Bachiller Alegría.
Y de ésto también se beneficiaron las Tres Villas Pasiegas de San Pedro del Romeral, Santa María de la Vega y San Roque de Rumiera. ¡Y buena razón tenían! si eran vecinos de Espinosa para pagar los Diezmos, también lo eran para hacer uso de sus Privilegios.
En 1663, los vecinos de las feligresías de san Pedro del Romeral, la Vega y san Roque de Riomiera, se enfrentan al Valle de Sotoscueva por derechos de Pastos en la Engaña. En 1666, conseguían sentencia favorable al demostrar que seguían siendo “vecinos de Espinosa”.
Incluso después de la concesión del Privilegio de Villazgo a las Tres Villas Pasiegas en 1689, las ordenanzas de San Pedro del Romeral indicaban:
"…que se observen y guarden el Privilejio Real que dicha Villa tiene, y demás de los montes, de las facultades y cartas executorias que en su favor tiene la Villa de Espinosa de los monteros, y demás papeles que en nuestro favor ubiere en qualquiera parte, por ser deszendientes y Vezinos de dicha Villa y estar agregados a ella fuera de lo que toca la Jurisdizion Civil y Criminal.”
En 1786, en pleno auge del actual modelo de explotación de la cabaña pasiega, las villas de san Pedro del Romeral y Santa María De la Vega conseguían el amparo del Alcalde Mayor de las Merindades en sus aprovechamientos en los montes de la Engaña.
Y es en esta segunda mitad del S. XVIII, cuando las Tres Villas Pasiegas exportan lo que hoy en día conocemos como una "Cabaña Pasiega", con su Cuadra, su Payo y su Prado.
En resumen señorías, allá donde veáis una cabaña pasiega, recordad que no estaría ahí si no existiera Espinosa, y que existen Siete Ríos Pasiegos al sur de nuestras montañas, y que, sin duda, sus moradores son vecinos de Espinosa.
Fotos: Cabaña Pasiega en San Román…

Plano de los Siete Ríos Pasiegos. 




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